Artículo 300 del Código Civil de Querétaro
Libro Primero. De las personas · Título Séptimo. Del parentesco, los alimentos y la violencia familiar · Capítulo Segundo. De los alimentos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 7 de marzo de 2025
Tienen acción para pedir el aseguramiento de los alimentos:
I.El acreedor alimentario;
II.El ascendiente que tenga a un menor bajo su patria potestad;
III.El tutor;
IV.Los hermanos y demás parientes colaterales dentro del cuarto grado;
V.El Ministerio Público; y
VI.La Procuraduría de defensa del menor y la familia.