CPQRO · Art. 246-D Bis

Artículo 246-D Bis del Código Penal de Querétaro

Libro segundo · Parte especial · Título séptimo. DELITOS CONTRA EL AMBIENTE Y LOS ANIMALES (Ref. P. O. No. 64, 7-XI-14) · Capítulo II. DELITOS CONTRA LOS ANIMALES (Adición P. O. No. 64, 7-XI-14)

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 15 de julio de 2026

Al que realice actos de maltrato en contra de animales domésticos, silvestres o ferales, provocándoles daños físicos, se le impondrán de 1 a 5 años de prisión y de 100 a 300 días multa y de 150 a 1000 jornadas de medidas para mejorar la convivencia cotidiana. (Ref. P. O. No. 39, 27-V-22)

Al que realice actos de crueldad o los promueva en contra de animales domésticos, silvestres o ferales, provocándoles lesiones, se le impondrán de 12 meses a 2 años de prisión, y de 200 a 300 veces el valor diario de la UMA o 90 días de trabajo en favor de la comunidad. (Ref. P. O. No. 54, 12-VII-19)

Si las conductas previstas en el párrafo anterior ponen en peligro la vida del animal o alguna función de sus órganos vitales se impondrán de 2 a 4 años de prisión, y de 300 a 500 veces el valor diario de la UMA o 150 días de trabajo en favor de la comunidad. (Ref. P. O. No. 54, 12-VII-19)

Si las conductas previstas provocan la muerte del animal, se impondrá de 3 a 7 años de prisión y de 500 a 700 días multa, y de 200 a 1000 jornadas de medidas para mejorar la convivencia cotidiana. (Ref. P. O. No. 39, 27-V-22)

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Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga»)
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Cómo citar

Artículo 246-D Bis, Código Penal de Querétaro (Querétaro). Texto vigente, última reforma 15 jul 2026. https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-246-d-bis/

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