Artículo 1863 del Código Civil de Quintana Roo
Libro primero. De los Bienes, de la Posesión y de los Derechos Reales · Título cuarto. De la Propiedad · Capítulo primero. Disposiciones Generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
No es lícito ejercitar el derecho de propiedad de manera que su ejercicio no dé otro resultado que perjudique a un tercero, sin utilidad para el propietario.