Artículo 547 del Código Civil de Quintana Roo
Libro primero · Primera parte especial. Del Derecho de las Personas · Título tercero. De los Atributos de la Personalidad y de las Instituciones relacionadas con algunos de ellos · Capítulo cuarto. Del Nombre
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Procede la enmienda del nombre por rectificación del acta, cuando en ésta se ha cometido algún error en la atribución de los apellidos, o simplemente en la ortografía de los mismos o en la del nombre propio.