Artículo 1416 del Código Civil de San Luis Potosí
Libro tercero. De las Sucesiones · Titulo tercero. De la Forma de los Testamentos · Capitulo V. Del Testamento Privado
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Luis Potosí "Plan de San Luis" el 9 de octubre de 2026
El testamento privado sólo surtirá sus efectos si el testador fallece de la enfermedad o en el peligro en que se hallaba, o dentro de un mes de desaparecida la causa que lo autorizó.