Artículo 1500 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero · Tercera parte especial. Del Derecho Hereditario · Título tercero. De la forma de los Testamentos · Capítulo quinto. Del Testamento Privado
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
El testamento privado sólo surtirá sus efectos si el testador fallece de la enfermedad o en el peligro en que se hallaba, o dentro de un mes de desaparecida la causa que lo motivó.