Artículo 2655 del Código Civil de Tamaulipas
Libro quinto. De las sucesiones · Título tercero. De la forma de los testamentos · Capítulo V. Del testamento privado
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
El testamento privado sólo surtirá sus efectos si el testador fallece de la enfermedad o a consecuencia del accidente o en el peligro en que se hallaba, o dentro de un mes de desaparecida la causa que lo autorizó.