Código Civil de Sinaloa
Código Civil de Sinaloa

Libro tercero · Título V Capítulo VI. DE LA PARTICIÓN (Derogado con Dec. 742, publicado en el P.O. No. 017 del 6 de febrero del 2013, segunda sección.)

Arts. 1652–166312 artículosTexto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa» el 11 de marzo de 2022

Artículo 1652Derogado

(Derogado con Dec. 742, publicado en el P.O. No. 017 del 6 de febrero del 2013, segunda sección.)

ART. 1652. AL ART. 1663.

La fuente agrupa los artículos 1652 al 1663 en un solo rótulo, sin texto propio para cada uno; aquí se reproduce ese rótulo literal.

Artículo 1653Derogado

(Derogado con Dec. 742, publicado en el P.O. No. 017 del 6 de febrero del 2013, segunda sección.)

ART. 1652. AL ART. 1663.

La fuente agrupa los artículos 1652 al 1663 en un solo rótulo, sin texto propio para cada uno; aquí se reproduce ese rótulo literal.

Artículo 1654Derogado

(Derogado con Dec. 742, publicado en el P.O. No. 017 del 6 de febrero del 2013, segunda sección.)

ART. 1652. AL ART. 1663.

La fuente agrupa los artículos 1652 al 1663 en un solo rótulo, sin texto propio para cada uno; aquí se reproduce ese rótulo literal.

Artículo 1655Derogado

(Derogado con Dec. 742, publicado en el P.O. No. 017 del 6 de febrero del 2013, segunda sección.)

ART. 1652. AL ART. 1663.

La fuente agrupa los artículos 1652 al 1663 en un solo rótulo, sin texto propio para cada uno; aquí se reproduce ese rótulo literal.

Artículo 1656Derogado

(Derogado con Dec. 742, publicado en el P.O. No. 017 del 6 de febrero del 2013, segunda sección.)

ART. 1652. AL ART. 1663.

La fuente agrupa los artículos 1652 al 1663 en un solo rótulo, sin texto propio para cada uno; aquí se reproduce ese rótulo literal.

Artículo 1657Derogado

(Derogado con Dec. 742, publicado en el P.O. No. 017 del 6 de febrero del 2013, segunda sección.)

ART. 1652. AL ART. 1663.

La fuente agrupa los artículos 1652 al 1663 en un solo rótulo, sin texto propio para cada uno; aquí se reproduce ese rótulo literal.

Artículo 1658Derogado

(Derogado con Dec. 742, publicado en el P.O. No. 017 del 6 de febrero del 2013, segunda sección.)

ART. 1652. AL ART. 1663.

La fuente agrupa los artículos 1652 al 1663 en un solo rótulo, sin texto propio para cada uno; aquí se reproduce ese rótulo literal.

Artículo 1659Derogado

(Derogado con Dec. 742, publicado en el P.O. No. 017 del 6 de febrero del 2013, segunda sección.)

ART. 1652. AL ART. 1663.

La fuente agrupa los artículos 1652 al 1663 en un solo rótulo, sin texto propio para cada uno; aquí se reproduce ese rótulo literal.

Artículo 1660Derogado

(Derogado con Dec. 742, publicado en el P.O. No. 017 del 6 de febrero del 2013, segunda sección.)

ART. 1652. AL ART. 1663.

La fuente agrupa los artículos 1652 al 1663 en un solo rótulo, sin texto propio para cada uno; aquí se reproduce ese rótulo literal.

Artículo 1661Derogado

(Derogado con Dec. 742, publicado en el P.O. No. 017 del 6 de febrero del 2013, segunda sección.)

ART. 1652. AL ART. 1663.

La fuente agrupa los artículos 1652 al 1663 en un solo rótulo, sin texto propio para cada uno; aquí se reproduce ese rótulo literal.

Artículo 1662Derogado

(Derogado con Dec. 742, publicado en el P.O. No. 017 del 6 de febrero del 2013, segunda sección.)

ART. 1652. AL ART. 1663.

La fuente agrupa los artículos 1652 al 1663 en un solo rótulo, sin texto propio para cada uno; aquí se reproduce ese rótulo literal.

Artículo 1663Derogado

(Derogado con Dec. 742, publicado en el P.O. No. 017 del 6 de febrero del 2013, segunda sección.)

ART. 1652. AL ART. 1663.

La fuente agrupa los artículos 1652 al 1663 en un solo rótulo, sin texto propio para cada uno; aquí se reproduce ese rótulo literal.

Índice · CCSIN