Artículo 272 Bis del Código Penal de Sinaloa
Libro segundo · Parte especial · Sección tercera. Delitos contra la sociedad · Título tercero. Delitos contra la fe pública · Capítulo IV. USO INDEBIDO DE LOS SERVICIOS DE EMERGENCIA (Adic. Por Decreto 474, publicado en el P.O. No. 065 de 25 de mayo de 2018)
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa» el 7 de octubre de 2026
Se entiende por número de emergencia, aquellos números telefónicos de un sistema de respuesta de llamada telefónica de emergencia o su equivalente, proporcionados por las autoridades en materia de seguridad pública, protección civil, bomberos, cruz roja o cualquiera destinado a atender emergencias en la población.
(Adic. Por Decreto 474, publicado en el P.O. No. 065 de 25 de mayo de 2018)