Libro primero Capitulo I. De las instituciones protectoras del acreedor para el caso de incumplimiento del deudor
Efectos de las obligaciones con relación a tercero
Artículo 2342
Se reconocen como instituciones protectoras del acreedor, para el caso de incumplimiento del deudor, la acción pauliana, la acción de simulación, la acción oblicua y el derecho de retención.