Artículo 1116 del Código Civil de Tabasco
Gastos comunes
Libro segundo. De los bienes y de los derechos reales · Titulo quinto. De la propiedad · Capitulo VIII. De la propiedad horizontal
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
La obligación de los propietarios de pagar los gastos comunes se transmite al causahabiente, siendo éste responsable solidariamente con el enajenante por los adeudos pendientes ocurridos antes de la transmisión.