Artículo 1208 del Código Civil de Tabasco
Constitución
Libro segundo. De los bienes y de los derechos reales · Titulo sexto. Del usufructo, del uso y de la habitacion · Capitulo V. Del uso y de la habitación.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Los derechos de uso y habitación pueden constituirse por la ley, por acto jurídico unilateral o plurilateral, o por usucapión.