Artículo 1564 del Código Civil de Tabasco
Nulidad de ciertas cláusulas
Libro tercero. De las sucesiones. · Titulo segundo. De la sucesión por testamento · Capitulo VIII. De la nulidad y revocación de los testamentos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Son nulas la renuncia del derecho de testar y la cláusula en que alguno se obligue a no ejercer ese derecho, sino bajo ciertas condiciones, sean éstas de la clase que fueren. También es nula, la cláusula en que el testador restrinja o limite directa o indirectamente a las autoridades, la facultad de intervenir en las sucesión en los términos que prevengan las leyes.