Artículo 1961 del Código Civil de Tabasco
Cumplimiento de la obligación o de la pena
Libro cuarto. De las obligaciones disposiciones generales · Titulo segundo. De los contratos en general · Capitulo VI. De las renuncias y clausulas que pueden contener los contratos · Seccion segunda. Cláusula penal
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
El acreedor puede exigir el cumplimiento de la obligación o el de la pena, pero no ambas; a menos que la pena se haya estipulado únicamente por el retardo en el cumplimiento de la obligación, o por que ésta no se preste de la manera convenida, si el acreedor acepta así el cumplimiento.