Artículo 205 del Código Civil de Tabasco
Deudas
Libro primero. De las personas · Titulo sexto. Del matrimonio · Capitulo IV. De los efectos del matrimonio con relacion a los bienes de los conyuges · Seccion segunda. De la sociedad conyugal
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Las deudas contraídas durante el matrimonio por los consortes, o por uno solo de ellos, en beneficio de ambos, serán a cargo de la sociedad conyugal.