Artículo 2158 del Código Civil de Tabasco
Obligación de conservar y entregar un bien
Libro cuarto. De las obligaciones disposiciones generales · Titulo octavo. De las difentes especies de obligaciones · Capitulo V. De las obligaciones de dar
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
El obligado a dar algún bien deberá conservarlo con la diligencia que exige la ley o la propia de un buen padre de familia, y a entregarlo bajo la responsabilidad civil que corresponda.