Artículo 753 del Código Civil de Tabasco
Constitución
Libro primero. De las personas · Titulo decimoctavo. De las personas jurídicas de derecho privado. · Capitulo II. De las asociaciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
La asociación es una persona jurídica que se constituye mediante un contrato, por el cual dos o más personas se vinculan para realizar un fin común, lícito, posible y de naturaleza no económica.