Artículo 851 del Código Civil de Tabasco
Del dominio publico
Libro segundo. De los bienes y de los derechos reales · Titulo segundo. Clasificacion de los bienes · Capitulo III. De los bienes considerados según las personas a quienes pertenezcan
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Son bienes de dominio del poder público los que pertenecen a la Federación, a los Estados o Municipios.