Artículo 853 del Código Civil de Tabasco
División de los bienes públicos
Libro segundo. De los bienes y de los derechos reales · Titulo segundo. Clasificacion de los bienes · Capitulo III. De los bienes considerados según las personas a quienes pertenezcan
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Los bienes de dominio público se dividen en: de uso común, destinados a un servicio público, y propios.