Artículo 971 del Código Civil de Tabasco
Sin marca alguna
Libro segundo. De los bienes y de los derechos reales · Titulo quinto. De la propiedad · Capitulo III. De la apropiacion de los animales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Los animales sin marca alguna que se encuentren en tierras con dueño cierto y conocido, se presume que son de éste mientras no se pruebe lo contrario, a no ser que el propietario no tenga cría de la raza a que los animales pertenezcan.