Artículo 240 Ter del Código Penal de Tabasco
Libro segundo · Parte especial · Titulo segundo. Delitos contra el erario y el servicio publicos, por hechos de corrupción · Capitulo viii-bis. Ejercicio ilícito de atribuciones y facultades
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 12 de septiembre de 2026
El particular que, con el carácter de contratista, permisionario, asignatario, titular de una concesión de prestación de un servicio público de explotación, aprovechamiento o uso de bienes del dominio del Estado o los Municipios, con la finalidad de obtener un beneficio para sí o para un tercero:
I.- Genere y/o utilice información falsa o alterada, respecto de los rendimientos o beneficios que obtenga; o
II.- Estando legalmente obligado a entregar a una autoridad información sobre los rendimientos o beneficios que obtenga, la oculte.
Al que cometa el delito a que se refiere el presente artículo, se le impondrán de tres meses a nueve años de prisión y de treinta a cien días multa.