Artículo 2047 del Código Civil de Tamaulipas
Libro cuarto. De los contratos típicos · Primera parte · Título décimo quinto. De las sociedades · Capítulo IV. De la disolución de la sociedad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Pasado el término por el cual fue constituida la sociedad, si ésta continúa funcionando, se entenderá prorrogada su duración por tiempo indeterminado, sin necesidad de nueva escritura social y su existencia puede demostrarse por todos los medios de prueba.