Artículo 2204 del Código Civil de Tamaulipas
Libro cuarto. De los contratos típicos · Primera parte · Título vigésimo. De la fianza · Capítulo IV. De los efectos de la fianza entre cofiadores
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Para la aplicación de lo dispuesto en el artículo anterior es preciso:
I.- Que el pago se haya hecho en virtud de demanda judicial o encontrándose el deudor en estado de concurso;
II.- Que el fiador haya opuesto todas las excepciones inherentes a la obligación principal y a la fianza o que haya llamado a juicio a los demás fiadores y al deudor principal, notificándoles oportunamente para que opusieren las excepciones a que tuvieren derecho.