Artículo 2794 del Código Civil de Puebla
Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo XX. Fianza · Sección novena. Efectos de la fianza con relación a los fiadores entre sí
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Para la aplicación de lo dispuesto en los artículos 2791 a 2793 es preciso:
I.Que el pago se haya hecho en virtud de demanda judicial o encontrándose el fiado en estado de concurso;
II.Que el fiador haya opuesto las excepciones inherentes a la obligación principal o a la fianza, o que haya llamado a juicio a los demás fiadores y al fiado notificándoles oportunamente para que opusieren las excepciones a que tuvieren derecho.