Artículo 175 del Código Penal de Tamaulipas
Libro segundo · Parte especial · Título tercero. Delitos contra la seguridad de los medios de transporte, vías de comunicación, la libre circulación de vehículos y la correspondencia · Capítulo II. Violación de correspondencia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 12 de octubre de 2026
Comete el delito de violación de correspondencia:
I.- El que abra indebidamente una comunicación escrita que no esté dirigida a él; y,
II.- El que indebidamente intercepte una comunicación escrita que no esté dirigida a él, aunque la conserve cerrada y no se imponga de su contenido.