Artículo 234 del Código Penal de Tamaulipas
Libro segundo · Parte especial · Título noveno. Delitos cometidos en el desempeño de funciones judiciales, procuración de justicia o administrativas · Capítulo único. Desempeño de funciones judiciales, procuración de justicia o administrativas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 12 de octubre de 2026
En todos los delitos previstos en este capítulo, además de la sanción de prisión correspondiente, el agente será privado de su cargo e inhabilitado para el desempeño de un nuevo, por el lapso de uno a diez años, debiendo en todo caso establecer en la sentencia que la inhabilitación comenzará a computarse una vez compurgada en cualquiera de sus formas la pena corporal impuesta, y cubierta la multa y reparación del daño cometido.