Artículo 2623 del Código Civil de Tlaxcala
Libro sexto. De las sucesiones · Titulo segundo. De la sucesion por testamento · Capitulo II. De las condiciones que pueden ponerse en los testamentos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
La institución de heredero o legatario sujeta a plazo, no priva a éstos de sus derechos y pueden transmitirlos a sus herederos.