Artículo 45 del Código Civil de Tlaxcala
Libro segundo. De las personas · Titulo tercero. Del matrimonio · Capitulo II. De los requisitos necesarios para contraer matrimonio
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Una vez que cause ejecutoria la sentencia de divorcio respectivamente, los ex cónyuges podrán, de forma mediata, contraer nuevo matrimonio.