Artículo 371 del Código Penal de Tlaxcala
Libro segundo. De los delitos · Título décimo noveno. Delitos contra la familia · Capítulo I. Incumplimiento de la obligación alimentaria
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 5 de junio de 2026
Si la omisión en el cumplimiento de las obligaciones alimentarias, ocurre en desacato de una resolución judicial, las sanciones se incrementarán en una mitad.