Artículo 1610 del Código Civil de Yucatán
Libro tercero. De las obligaciones · Título sexto. De las diversas especies de contratos · Capítulo VI. Del arrendamiento · Sección tercera. Del arrendamiento de predios urbanos
Texto vigente · última reforma publicada en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el 7 de junio de 2022
Todas las casas destinadas para habitación deben reunir las condiciones de higiene y salubridad prevenidas en el código sanitario del Estado. Por tanto, se impone a los arrendadores la obligación de cuidar que el predio arrendado no carezca de las condiciones aludidas.