Artículo 2023 del Código Civil de Yucatán
Libro tercero. De las obligaciones · Título sexto. De las diversas especies de contratos · Capítulo XIV. De la prenda
Texto vigente · última reforma publicada en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el 7 de junio de 2022
Si el objeto dado en prenda fuese un crédito o acciones que no sean al portador o negociables para endoso, para que la prenda quede legalmente constituida, debe ser notificado el deudor del crédito dado en prenda.