Artículo 104 del Código Civil de Zacatecas
Libro tercero. De los bienes y de los derechos reales · Título tercero. De la posesión · Capítulo único
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
Para que el poseedor tenga derecho al interdicto de recuperar la posesión, se necesita que no haya pasado un año desde que se verificó el despojo.