Artículo 111 del Código Civil de Zacatecas
Libro tercero. De los bienes y de los derechos reales · Título tercero. De la posesión · Capítulo único
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
Los poseedores originarios tienen los siguientes derechos:
I.Adquirir los bienes por prescripción positiva;
II.Gozar de una prescripción juris-tantum de propiedad;
III.Adquirir los frutos y demás percepciones que se mencionan en los artículos del 113 al 115.
IV.Intentar la acción plenaria de posesión indicada en la parte final del artículo 103;
V.Intentar respecto de inmuebles los interdictos establecidos por la ley.