CCZAC · Art. 111

Artículo 111 del Código Civil de Zacatecas

Libro tercero. De los bienes y de los derechos reales · Título tercero. De la posesión · Capítulo único

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026

Los poseedores originarios tienen los siguientes derechos:

I.Adquirir los bienes por prescripción positiva;

II.Gozar de una prescripción juris-tantum de propiedad;

III.Adquirir los frutos y demás percepciones que se mencionan en los artículos del 113 al 115.

IV.Intentar la acción plenaria de posesión indicada en la parte final del artículo 103;

V.Intentar respecto de inmuebles los interdictos establecidos por la ley.

Leer de corridodentro de Título tercero. De la posesión

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Última reforma
(Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas)
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Cómo citar

Artículo 111, Código Civil de Zacatecas (Zacatecas). Texto vigente, última reforma 18 jul 2026. https://articuladomx.com/estados/zacatecas/codigo-civil/articulo-111/

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