Artículo 1217 del Código Civil de Zacatecas
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general disposiciones generales · Título primero (sic). Fuentes de las obligaciones · Capítulo quinto. De las obligaciones que nacen de los actos ilícitos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
Igualmente, los propietarios responderán de los daños causados:
I.Por la explosión de máquinas, o por la inflamación de substancias explosivas;
II.Por el humo o gases que sean nocivos a las personas o a las propiedades;
III.Por la caída de sus árboles, cuando no sea ocasionada por fuerza mayor;
IV.Por las emanaciones de cloacas y depósitos de materias infectantes;
V.Por los depósitos de agua que humedezcan la pared del vecino o derramen sobre la propiedad de éste;
VI.Por el peso o movimiento de las máquinas, por las aglomeraciones de materias o animales nocivos a la salud o por cualquier causa que sin derecho origine algún daño.