Artículo 1863 del Código Civil de Zacatecas
Libro quinto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Título séptimo. Del arrendamiento · Capítulo noveno. Del modo de terminar el arrendamiento
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
El arrendador puede exigir la rescisión del contrato:
I.Por la falta de pago de la renta en los términos prevenidos en el contrato o al establecido por esta ley respecto de las obligaciones del arrendatario;
II.Por usarse el bien en contravención a lo convenido, o el que sea conforme a la naturaleza y destino del bien;
III.Por el subarriendo del bien sin el consentimiento expreso del arrendador.