Artículo 824 del Código Civil de Zacatecas
Libro cuarto. De las sucesiones · Título quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legítima · Capítulo segundo. De la apertura y transmisión de las herencias y legados
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
La sucesión se transmite en el momento en que muere el autor de la herencia y cuando se declara la presunción de muerte de un ausente.