Artículo 953 del Código Civil de Zacatecas
Libro cuarto. De las sucesiones · Título quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legítima · Capítulo sexto. De la partición
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
En el proyecto de partición, se expresará la parte que del capital o fondo afecto a la pensión corresponderá a cada uno de los herederos, luego que aquella se extinga.