Artículo 183 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Título octavo. De los procedimientos de impugnación · Capítulo II. Del Recurso de Inconformidad
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de marzo de 2025
La resolución de la Autoridad garante federal será definitiva e inatacable para la Autoridad garante local y el sujeto obligado de que se trate.
Las personas particulares podrán impugnar las resoluciones de la Autoridad garante federal ante los jueces y tribunales especializados en materia de transparencia establecidos por el Poder Judicial de la Federación.