LNSIJPA · Art. 214

Artículo 214 de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes

Controversias sobre la duración, modificación y extinción de la medida de sanción

Libro cuarto. Ejecución de las medidas · Título II. Procedimientos administrativos y jurisdiccionales · Capítulo III. Controversias ante juez de ejecución

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de diciembre de 2022

La persona adolescente a quien se le haya dictado una medida de sanción, su defensor o el Ministerio Público, podrán acudir ante el Juez de Ejecución para obtener un pronunciamiento judicial cuando surja alguna controversia respecto de alguna de las siguientes cuestiones:

I.El informe anual sobre el tiempo transcurrido en el Centro de Internamiento o el reporte anual sobre el buen comportamiento presentados por el Centro;

II.El tiempo transcurrido de ejecución de las medidas de sanción;

III.La sustitución de la medida de sanción; cuando no se hubiere resuelto respecto del sustitutivo de la medida de sanción; o porque devenga una causa superveniente;

IV.El incumplimiento de las condiciones impuestas para la sustitución de la medida de sanción;

V.La adecuación de la medida por su aplicación retroactiva en beneficio de la persona adolescente a quien se le haya dictado una medida de sanción;

VI.La prelación, acumulación y cumplimiento simultáneo de las medidas;

VII.El cómputo del tiempo de prisión preventiva para efecto del cumplimiento de la medida de sanción, y

VIII.Las autorizaciones de los traslados internacionales de conformidad con el párrafo séptimo del artículo 18 de la Constitución.

Cualquiera que sea la parte promovente, se emplazará a los demás sujetos procesales, sin que el Ministerio Público y la Unidad de Internamiento puedan intervenir con una misma voz.

La víctima u ofendido o su asesor jurídico, sólo podrán participar en los procedimientos ante el Juez de Ejecución, cuando el debate esté relacionado con el pago de la reparación del daño.

Leer de corridodentro de Título II. Procedimientos administrativos y jurisdiccionales

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Última reforma
(DOF)
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El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

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Cómo citar

Artículo 214, Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes. Texto vigente, última reforma DOF 20 dic 2022. https://articuladomx.com/ley-nacional-del-sistema-integral-de-justicia-penal-para-adolescentes/articulo-214/

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