LNSIJPA · Art. 227

Artículo 227 de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes

Audiencia de modificación de la medida

Libro cuarto. Ejecución de las medidas · Título II. Procedimientos administrativos y jurisdiccionales · Capítulo V. Modificación y cumplimiento anticipado de la medida de sanción

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de diciembre de 2022

El Juez de Ejecución, de oficio, revisará anualmente las medidas de sanción impuestas; en esta audiencia con base en el interés superior de la niñez, evaluará las condiciones, retos y obstáculos que ha enfrentado la persona adolescente en el cumplimiento de su medida y evaluará la posibilidad de sustituirla por otra menos grave.

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Cómo citar

Artículo 227, Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes. Texto vigente, última reforma DOF 20 dic 2022. https://articuladomx.com/ley-nacional-del-sistema-integral-de-justicia-penal-para-adolescentes/articulo-227/

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