LIBRO CUARTO. De las Obligaciones · PARTE SEGUNDA. De las Diversas Especies de Contratos · TITULO SEGUNDO. De la Compra-Venta · CAPITULO III. De los que Pueden Vender y Comprar
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Los hijos sujetos a patria potestad solamente pueden vender a sus padres los bienes comprendidos en la primera clase de las mencionadas en el artículo 428.