Artículo 484 del Código Civil Federal
LIBRO PRIMERO. De las Personas · TITULO NOVENO. De la Tutela · CAPITULO III. De la Tutela Legítima de los Menores
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Si hubiere varios parientes del mismo grado, el juez elegirá entre ellos al que le parezca más apto para el cargo; pero si el menor hubiere cumplido dieciséis años, él hará la elección.