Artículo 250 Ter 2 del Código Penal de Baja California
Libro segundo · Parte especial · Titulo primero. Delitos de peligro contra la seguridad colectiva · Capítulo V. Prestación ilícita del servicio público de transporte de pasajeros
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 28 de agosto de 2026
Aquella persona que haya sido declarada por sentencia firme responsable de la comisión de algún delito establecido en este Capítulo, no podrá ser titular de concesión, permiso o autorización para la prestación del servicio de transporte público de pasajeros o de carga.