Artículo 285 del Código Penal de Baja California
Libro segundo · Parte especial · Titulo primero. Delitos contra la seguridad interior del estado · Capitulo IX. Disposiciones comunes para los capitulos de este titulo
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 28 de agosto de 2026
Acumulación.- Cuando de la comisión de los delitos a que se refiere el presente título resultaren otros delitos, se estará a las reglas del concurso.
Además de las sanciones señaladas en este título, se impondrá a los responsables la suspensión de sus derechos políticos por un plazo hasta de diez años, que se computará a partir del cumplimiento de su condena.