Artículo 1454 del Código Civil de Coahuila
Libro cuarto. De los bienes, de los derechos realesy de la posesión · Título tercero. De las diferentes clases de derechos reales · Capítulo I. De la propiedad · Sección quinta. Del derecho y de las relaciones de vecindad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Corresponde a las autoridades administrativas la clasificación de una actividad como molesta, insalubre, nociva o peligrosa. Tal calificación nunca podrá ser permanente, pues, después de otorgada, podrá cambiarse según las circunstancias.