Artículo 1629 del Código Civil de Coahuila
Libro cuarto. De los bienes, de los derechos realesy de la posesión · Título tercero. De las diferentes clases de derechos reales · Capítulo IV. De las servidumbres · Sección cuarta. De la servidumbre legal de acueducto
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
El que tiene en su predio un canal para el curso de agua que le pertenece, puede impedir la apertura de otro nuevo ofreciendo dar paso por aquél, si esto no causa perjuicio al dueño del predio dominante.