Artículo 2326 del Código Civil de Coahuila
Libro sexto. De las obligaciones · Título tercero. De los efectos de las obligaciones entre las partes · Capítulo II. Del incumplimiento de las obligaciones · Sección segunda. Del saneamiento por causa de evicción y por los vicios ocultos · Subsección primera. Del saneamiento por causa de evicción
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Si el que enajena hubiere procedido de mala fe tendrá las obligaciones que expresa el artículo anterior, con las agravaciones siguientes:
I.Devolverá, a elección del adquirente, el precio que el bien tenía al tiempo de la adquisición, o el que tenga al tiempo en que sufra la evicción.
II.Satisfará al adquirente el importe de las mejoras voluntarias y de mero placer que haya hecho en el bien.
III.Pagará los daños y perjuicios.