Artículo 2680 del Código Civil de Coahuila
Libro séptimo. De los negocios jurídicos nominados bilaterales y plurilaterales. (de los contratos en particular) · Título segundo. De la compraventa · Capítulo III. De los que pueden vender y comprar
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
No pueden comprar los bienes de cuya venta o administración se hallen encargados:
I.Los tutores.
II.Los mandatarios.
III.Los albaceas.
IV.Los interventores nombrados por el testador o por los herederos.
V.Los representantes, administradores e interventores en caso de ausencia.
VI.Los empleados públicos.