CPCOAH · Art. 356

Artículo 356 del Código Penal de Coahuila

Detenciones punibles en la investigación de delitos

Libro Segundo · Parte especial · Título Cuarto. Delitos contra la investigación y persecución de delitos, o la impartición de justicia penal · Capítulo Tercero. Otros delitos que afectan la investigación o persecución de delitos, y a la impartición de justicia penal

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 19 de mayo de 2026

Se impondrá de cuatro a seis años de prisión y de trescientos a seiscientos días multa, al miembro de una institución de seguridad pública del Estado o de sus municipios que detenga o arreste a una persona, fuera de los casos señalados en los artículos 16 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por instituciones de seguridad pública se entenderá a las señaladas en el artículo 341 de este código.

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Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza)
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Cómo citar

Artículo 356, Código Penal de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 19 may 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-356/

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