Artículo 1130 del Código Civil de Colima
Libro segundo. De los bienes · Titulo sexto. De las servidumbres · Capitulo IX. De la extinción de las servidumbres
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 17 de mayo de 2025
El modo de usar la servidumbre puede prescribirse en el tiempo y de la manera que la servidumbre misma.